Expediente por mala legislación publicitaria
España se ha llevado una reprimenda por parte de la UE por su poco control de la publicidad, y por una legislación tan mala que establece una línea de difícil delimitación de la palabra "publicidad" lo que ha permitido que empresas caminen en terrenos de dudosa moralidad para insertar publicidad de modo nocivo para los consumidores, y en este caso concreto los televidentes...
Está claro que sobran comentarios ante actitudes tan nefastas de la profesión que nos deberían hacer reflexionar en profundidad sobre nuestra legitimidad moral...
adjunto noticia para que podais ampliar, recogida en El mundo
La Comisión Europea expedienta a España por un exceso de publicidad
La Comisión Europea ha lanzado un expediente contra España por no respetar los límites que fija la legislación comunitaria para la publicidad en televisión. Un estudio independiente encargado por Bruselas ha constatado "violaciones numerosas y frecuentes" de la normativa por parte de las grandes cadenas de televisión, en especial de la prohibición de sobrepasar los 12 minutos de publicidad o teletiendas por hora.
"España no ha tomado las medidas necesarias para garantizar el respeto efectivo de todas las disposiciones de la directiva 'Televisión sin fronteras'", ha comentado la comisaria responsable de Sociedad de la información, Viviane Reding, a través de un comunicado en el que pidió a las autoridades españolas que hagan todo lo posible para "corregir" la situación y "crear un auténtico mercado interior de los servicios de medios audiovisuales".
El expediente contra España por el exceso de publicidad en televisión adopta la forma de una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción. El Gobierno ahora tiene un plazo de dos meses para presentar sus alegaciones y tomar las medidas necesarias para corregir la situación. En caso contrario, la Comisión podría presentar una denuncia ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
El estudio sobre el cumplimiento de la normativa europea sobre publicidad en las cadenas españolas se llevó a cabo en dos fases: primero entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2005 y después con muestras de una semana por mes entre julio de 2005 y julio de 2006.
Las conclusiones revelan en particular, según Bruselas, que el concepto de anuncio publicitario se interpreta de manera "demasiado estrecha" en España, de manera que "muchas publicidades escapan hoy al límite de 12 minutos por hora fijado por la directiva".
La segunda infracción detectada por el Ejecutivo comunitario y "frecuentemente cometida por las cadenas de televisión españolas", se refiere a la regla que obliga a un intervalo mínimo de 20 minutos entre cada pausa publicitaria.
El Ejecutivo comunitario subraya que el expediente contra España es especialmente "significativo" porque se lanza a pocos meses de la entrada en vigor de la nueva directiva de servicios audiovisuales, que mantiene y confirma el límite de 12 minutos de anuncio por hora.
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